La Cámara Oficial de Comercio e Industria de Andújar está constituida como Entidad Organizadora de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo para la gestión e impartición de Formación Continua de las empresas, de conformidad con lo establecido en la Orden TAS /2307/2007, de 27 de julio, y por el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.
Las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada dicha formación. La cuantía de dicho crédito se fijará teniendo en cuenta el importe ingresado por las empresas en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior, mediante la aplicación a dicho importe de un porcentaje de bonificaciones que se fija en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio y que será inversamente proporcional al tamaño de las empresas. En todo caso, se garantiza un crédito mínimo de bonificación de 420€.
¿Qué empresas pueden beneficiarse de este modelo de formación bonificada?
Podrán ser beneficiarias de las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social reguladas por la ORDEN TAS/2307/2007, de 27 de julio, todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, desarrollen formación para sus trabajadores y coticen por formación profesional.
¿Cómo puedo participar?
Para que la Cámara de Comercio de Andújar gestione todo el proceso formativo de sus empleados y le asesore en la bonificación del coste del mismo, ha de cumplimentar el documento de Adhesión a nuestra Agrupación de conformidad con lo establecido en el artículo 16, apartado 2, del Real Decreto 395/2007, de 27 de julio. Las empresas de 1 a 5 trabajadores disponen de un crédito mínimo de formación anual de 420 €. Si su empresa tiene más de 5 trabajadores, puede conocer su crédito autorizándonos a solicitarlo a la FTFE a través de la cumplimentación de la Adhesión al Convenio de Agrupación.
¿Quién puede recibir la formación?
Los trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas privadas o entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las administraciones públicas y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional. Los trabajadores fijos discontinuos en los periodos de no ocupación. Los trabajadores que accedan a la situación de desempleo cuando se encuentren en periodo de formación. Los trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus periodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.
Quiero adherirme a la agrupación de la Cámara de Comercio de Andújar ¿qué he de hacer?
El primer paso que debe realizar es que el representante legal de la empresa cumplimente y firme la Adhesión al Convenio de Agrupación, documento que podrá solicitar en la sede de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Andújar o en el Vivero de Empresas. Una vez firmado, la Cámara procederá a la tramitación de su empresa como Entidad Bonificada, iniciando así el proceso gestión de la formación.
Para más información, pueden dirigirse a:
• Cámara Oficial de Comercio e Industria de Andújar C/ Doctor Montoro 1, 1º 23740 Andújar Telf. 953 500 400
• Vivero de Empresas C/Mariana Pineda 34 23740 Andújar. Telf. 953 525 901
• email: cfc@camaraandujar.com