lunes, 6 de agosto de 2012

Aclaración sobre la subida del IVA de determinados productos y servicios



La Dirección General de Tributos ha emitido una resolución aclaratoria sobre la aplicación de la subida del IVA y del cambio de tipo a aplicar en determinados productos y servicios incluidos en el RD 20/2012 del pasado mes de julio.
Con ella deja claro cómo afecta a determinadas actividades los cambios impositivos aprobados y zanja determinadas dudas sobre la aplicación de los mismos.

El IVA del material escolar

A partir del 1 de septiembre de 2012, la aplicación del tipo reducido del 4% al material escolar queda limitado a los álbumes, partituras, mapas y cuadernos de dibujo.
Por tanto, a partir de esa fecha se aplicará el tipo general, entre otros, al material didáctico de uso escolar, incluidos los puzzles y demás juegos didácticos, mecanos o de construcción. También al material escolar, incluidos, entre otros, los portalápices, agendas, cartulinas y blocs de manualidades, compases, papel coloreado y para manualidades, plastilina, pasta de modelado, lápices de cera, pinturas, témperas, cuadernos de espiral, rollos de plástico para forrar libros y el material complementario al anterior y las mochilas infantiles y juveniles escolares.
Los libros escolares, como el resto de libros, periódicos y revistas, mantienen la tributación al tipo reducido del 4%.

Las flores y plantas ornamentales

Seguirán tributando al tipo impositivo reducido, por lo que se aplicará el 10%, las semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen exclusivamente vegetal susceptibles de ser utilizados en la obtención de flores o plantas vivas. Se consideran semillas los elementos botánicos cuyo destino es reproducir la especie o establecer cultivos, así como los tubérculos, bulbos y otros órganos y material vivo que se utilicen con tales fines. También tributarán al tipo reducido del 10% los árboles y arbustos frutales, las plantas hortícolas y las plantas aromáticas utilizadas como condimento.
Tendrán la consideración de flores y plantas ornamentales aquellas que por su naturaleza y características se cultivan y se comercializan para ser destinadas con propósitos decorativos, tanto para ser plantadas en el exterior, como planta de interior o para flor cortada, ya sean vendidos en maceta, contenedor, cepellón o raíz desnuda. Por tanto tributarán al tipo general del 21%, entre otras:
  • Las coníferas, angiospermas de hoja persistente o caducifolia, y los helechos arborescentes,
  • Los arbustos ornamentales,
  • Las trepadoras,
  • Las plantas acuáticas y palustres,
  • Las palmeras,
  • Las plantas bulbosas,
  • Las plantas tuberosas,
  • Los helechos,
  • Los cactus y plantas crasas,
  • Las flores anuales,
  • Los céspedes,
  • Los bambúes,
  • Los ficus, bromeliáceas, crasuláceas, marantáceas, aráceas, liliáceas y demás plantas de interior,
  • Las orquídeas y epifitas.

Los servicios mixtos de hostelería

Se aplicará el tipo general del 21% en los servicios mixtos de hostelería, lo que implica la existencia de un servicio de hostelería conjuntamente con una prestación de servicio recreativo, por lo que se excluyen los supuestos en que la prestación de este último constituye una actividad accesoria al principal de hostelería.
Dentro de estos servicios mixtos de hostelería se incluyen todos aquellos prestados por salas de bailes, salas de fiestas, discotecas y establecimientos de hostelería y restauración en los que, conjuntamente con el suministro de alimentos o bebidas, se ofrecen servicios recreativos de cualquier naturaleza, tales como espectáculos, actuaciones musicales, discoteca, salas de fiesta, salas de baile y karaoke.
La aplicación del tipo general se realiza con independencia de la circunstancia de que en las facturas expedidas para documentar las operaciones o para justificar el acceso a los locales se diferencie el precio de los servicios de espectáculo, actuaciones musicales, discoteca, salas de fiesta, salas de baile o servicios análogos, y el de los alimentos y bebidas que se ofrezcan en los mismos.

Los servicios de peluquería y estética

Tributarán al 21%, al tipo de IVA general, los servicios de peluquería y estética, incluidos los relacionados con pelucas, postizos, añadidos y otras obras de igual clase, así como los servicios de manicura. Se incluyen, entre otros, los servicios consistentes en lavar, marcar, peinar, corte, coloración, decoloración, permanentes, desrizados, manicura y “posticería”.
Por otra parte, mantienen su tributación al tipo general del Impuesto, entre otros, los servicios relacionados con la estética y belleza, tales como pedicura, depilación, maquillaje, masajes corporales, tratamientos corporales, rayos UVA, tatuajes, etc., prestados por salones, institutos de belleza y gabinetes de estética.

Actividades deportivas

Tributarán al tipo general del Impuesto, por tanto al 21%, los servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte o la educación física, excluidos aquellos a los que les resulte aplicable la exención a que se refiere la Ley del Impuesto.
Por tanto, pasarán a tributar al tipo general a partir de dicha fecha entre otros:
  • Los servicios prestados por club náuticos, escuela de vela, actividades relacionadas con deportes de aventura (senderismo, escalada, cañones, «rafting», «trekking», «puenting» y actividades similares), boleras, hípica, las cuotas de acceso a los gimnasios, etc.,
  • El uso de pistas, campos e instalaciones deportivas: uso de campo de golf, pistas de tenis, “squash” y paddle, piscinas, pistas de atletismo, etc.,
  • Las clases para la práctica del deporte o la educación física: las clases de golf, tenis, paddle, esquí, aerobic, yoga, «pilates», taichi, artes marciales, «spinning», esgrima, ajedrez, etc.,
  • el alquiler de equipos y material para la práctica deportiva: el alquiler de tablas de esquí, snowboard y botas, raquetas, equipos de submarinismo, bolsas de palos, bolas y coches eléctricos para el desplazamiento por los campos de golf, etc.

Servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos

Se aplicará el tipo general del Impuesto a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos que sean personas físicas, a los productores de películas cinematográficas susceptibles de ser exhibidas en salas de espectáculos y a los organizadores de obras teatrales y musicales.
No estarán sujetas al Impuesto las actividades de intérpretes, artistas, directores y técnicos, realizadas en régimen de dependencia laboral y administrativa.
Mantienen la exención del Impuesto los servicios profesionales prestados por artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios, gráficos y fotográficos de periódicos y revistas, compositores musicales, autores de obras teatrales y de argumento, adaptación, guión y diálogos de las obras audiovisuales, traductores y adaptadores, incluidos aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor.

Servicios de asistencia sanitaria, dental y curas termales

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Tributarán al tipo general del 21% los servicios prestados por profesionales médicos y sanitarios que no consistan en el diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades, incluido análisis clínicos y exploraciones radiológicas, que se encuentren exentos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 37/1992.
En particular, tributarán al tipo general los servicios de depilación láser, dermocosmética y cirugía estética, mesoterapia y tratamientos para adelgazar, masajes prestados por fisioterapeutas, servicios de nutrición y dietética, prestados por profesionales médicos o sanitarios debidamente reconocidos, y realizados al margen del servicio médico de diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades.
Igualmente, se aplicará el tipo general del Impuesto a la elaboración de informes periciales de valoración del daño corporal, y a la expedición de certificados médicos dirigidos a valorar la salud de una persona con el objeto de hacer un seguro de vida para las compañías de seguros o para ser presentados en el curso de un procedimiento judicial.
También tributan al tipo general los servicios prestados por veterinarios al margen de los efectuados en favor de titulares de explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas. Igualmente los servicios de balneario urbano y curas termales, circuitos termales, «SPA», hidroterapia, etc.
Siguen manteniendo la exención del Impuesto los servicios prestados por estomatólogos, odontólogos, mecánicos dentistas y protésicos dentales, siempre y cuando se refieran actividades relacionadas con su profesión.

Cuando el IVA hace su agosto



Si alguien está pensando en ir de compras, mejor no retrasarlo demasiado. El IVA subirá en septiembre del 18% al 21% para los productos de ropa y calzado. Aunque se trata de un aumento moderado, adelantar las compras puede suponer un buen ahorro si se tienen en cuenta los grandes descuentos de la campaña de rebajas.

A la espera de ver si son muchos los que actualizan antes su armario, los expertos anticipan que la subida del IVA introducirá algunos cambios en el consumo. «Afectará a la moda. Al ajustarse el presupuesto familiar, es probable que el cliente busque mejores precios en tiendas low cost o en establecimientos de tipo outlet», explica Julián Villanueva, profesor del IESE y experto en consumo. El crecimiento de las tiendas de pronto moda y de saldos está siendo imparable en España, y en pocos años ha alcanzado una cuota de mercado cercana al 15%, según los datos de diferentes asociaciones.

Los expertos apuntan a que las compras online también ganarán adeptos. Buscar gangas en la Red ayuda a cuadrar el presupuesto que las familias destinan a la ropa y el calzado, en torno a un 5,6% de su gasto en consumo, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). La cifra de compradores online en España ya supera los 11 millones, todo un reclamo para que los empresarios busquen su hueco en la Red.
Los cambios en el consumo no son solo cuestión de números (al fin y al cabo, un producto que ahora cuesta 100 euros, costará 103 en septiembre), sino que hay un peso importante del factor psicológico. «Son muchos recortes, subidas de impuestos… Toda esa información hace que el consumidor, en estado de alerta, quiera ahorrar, incluso antes de que llegue septiembre», explica Borja Oria, presidente de la Asociación Empresarial de Comercio Textil y Complementos (Acotex).

En tiempos de incertidumbre el cliente busca un buen precio, pero también se hace más selectivo. «En estos momentos, se compran productos para rentabilizarlos todo el año. Se invierte en buenas prendas como abrigos, aunque también pesa mucho el precio», explica Lucía Cordeiro, directora ejecutiva de la Asociación de Creadores de Moda. «Sería positivo que las etiquetas separaran el precio del IVA, para que el cliente vea cuánto es el producto y cuánto el impuesto», añade.

Esta subida situará el IVA en España en línea con el resto de países europeos, o ligeramente por encima de algunas economías importantes como Francia (19,6%) o Alemania (19%). La diferencia es que los españoles enfrentan el segundo incremento en un periodo de dos años, después de que el anterior Gobierno elevara el tributo del 16% al 18% en julio de 2010.

Mientras los consumidores se plantean estas opciones para cuadrar su presupuesto, los fabricantes y vendedores buscan estrategias para no dañar al consumidor. «El descenso de las ventas será un hecho para los pequeños comerciantes, porque el alza de precios y otras medidas de ajuste hará que los gastos de las familias sean mayores y consuman menos», explica Salvador Bellido, presidente de la Confederación General de Pequeñas y Medianas Empresas. «La política con la que cada tienda enfrenta la subida del IVA será distinta, pero contener precios tiene mérito. España es el mercado más competitivo de Europa, ya que aquí la ropa es un 15% más barata», añade Oria. Grandes cadenas como Inditex, H&M y Mango, y otras de lujo como Loewe, han anunciado que no subirán sus precios en septiembre.
¿Cómo se vivirá en la calle? Los comerciantes opinan sobre la medida

01 BARCELONA «Ahora la gente está comprando más, pero veremos a partir de septiembre…» 

Javier Cottet, presidente de la Federación de Asociaciones Barna Centre: «Cada comercio hará lo que pueda, aunque nuestra impresión es que el 3% de subida del IVA repercutirá un 1%, a partes iguales, entre la empresa, el proveedor y el cliente».

02 BILBAO «Pondrá a prueba la viabilidad de negocios pequeños» 

Jorge Aio, de la agrupación Bilbao Centro: «Esto afectará al consumo y aunque muchos comercios asumieron la subida anterior, es probable que ahora se traslade al cliente. Habría que buscar un punto medio entre las medidas de recaudación y fomentar el consumo».

03 MADRID «Hay que afrontar esto con sentido común»

Cristina Ortega Lanzarot, directora y gerente de la Asociación de Comerciantes de la Zona Jorge Juan: «La situación es difícil para todos, pero no queremos crear más psicosis en el consumidor con el aumento del IVA. Nuestra intención es no repercutirlo en el precio».

04 SEVILLA «El comercio local perderá más»

Pedro González, Secretario técnico de la Asociación de Diseñadores Empresarios de Moda de Sevilla: «Habrá sectores donde la liberalización de horarios comerciales será beneficiosa, pero para la gente que tiene que contratar y asumir costes no. Es casi como una competencia desleal».

domingo, 5 de agosto de 2012

Cómo captar dinero para proyectos empresariales en tiempos de crisis



La empresa sevillana M2M Marketplace, fruto del grupo de investigación 'Finanzas y Turismo' de la Universidad de Sevilla, ha captado ya 3millones de euros de financiación pública destinada a otras empresas y proyectos desde que iniciara su andadura en 2010, una cantidad nada desdeñable en tiempos de escasez como los presentes.
M2M es una empresa del ámbito de la tecnología aplicada a la economía y ofrece servicios de vigilancia tecnológica y de valoración de patentes, intangibles y del mercado de la Inteligencia Económica y la Inteligencia Artificiales. En suma, ayuda a otras empresas a nacer y crecer con herramientas tecnológicas.
La empresa, que cuenta con la colaboración de otros grupos de investigación de las facultades de Comunicación y de Turismo y de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática de la Hispalense, se ha marcado como objetivo desarrollar también un espacio audiovisual en Internet que "represente todos los sectores económicos y donde se informe de todas las empresas de Andalucía, así como de nuevos proyectos", explica el responsable del grupo de investigación que sirvió de 'incubadora', Félix Jiménez Naharro.
M2M ofrece a sus 'clientes', empresas de cualquier sector, información de valor estratégico sobre la industria y sus competidores, y les ayuda a desarrollar procesos para la obtención, el análisis, la interpretación y la difusión de esa información, vital para la toma de decisiones por parte de sus responsables. Se trata, en definitiva, de "ayudar a una empresa a entender mejor el entorno de los negocios y a tener una mayor comprensión de la industria con la que compite la empresa", señalan sus fundadores.
Dispone también de una plataforma de valoración y comercialización de patentes, ámbito en el que ya ha llegado a un principio de acuerdo de colaboración con la Universidad de Sevilla y con la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía. M2M recibió el Premio de Incubación de Empresas que conceden el Consejo Social de la Universidad de Sevilla y el Ayuntamiento de Sevilla (2010) y ha ofrecido asesoramiento a entidades como la propia Universidad de Sevilla, el Instituto de la Grasa o la Confederación de Empresarios de Andalucía, además de a empresas del sector audiovisual, de ropa deportiva, de juegos para móviles o de catering a través de internet.